La ley de inclusión laboral para personas con discapacidad: incompatibilidad de la acción afirmativa con el reclutamiento y selección de personal orientados hacia el rendimiento
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Academia Judicial de Chile
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Existe una tendencia progresiva del poder legislativo en los países occidentales, a utilizar la acción afirmativa para favorecer a grupos desaventajados, en razón de la raza y el género, extendida a otras categorías sospechosas tales como las personas con discapacidad. En Chile fue aprobada la Ley n° 21.015 que incentiva la inclusión de trabajadores con discapacidad al mundo laboral, que contiene la acción afirmativa de dos tipos, la preferencia automática y la cuota obligatoria, y además, una medida de promoción positiva llamada ajustes razonables. La Ley n° 21.015 es una herramienta eficaz para promover la inclusión de personas con discapacidad en los puestos de trabajo, especialmente de aquellos que son discriminados o desconsiderados no obstante ser competentes y haber demostrado estar cualificados para desempeñar con excelencia el empleo ofrecido. A pesar de sus propósitos altruistas, la acción afirmativa es cuestionada desde dos puntos de vista. En primer lugar, la preferencia automática y la cuota obligatoria de origen legal en el acceso al trabajo, otorgan un privilegio inmerecido al postulante que padece una discapacidad, que rompe la estructura lógica del derecho a la igualdad ante la ley. En segundo lugar, la acción afirmativa es incompatible con el reclutamiento y la selección del personal orientada hacia el rendimiento del trabajador. La Constitución chilena asegura al empleador la facultad de exigir al candidato la cualificación ocupacional basada en su capacidad e idoneidad personal que sea necesaria razonablemente para el funcionamiento normal del negocio o empresa. Según la Constitución chilena, no es permitido al Congreso Nacional aprobar leyes que restrinjan el contenido esencial de la libertad de contratación de trabajadores, mediante una cuota laboral obligatoria. Sin embargo, las medidas alternativas a la cuota obligatoria y los ajustes razonables, logran que la Ley n° 21.015 apruebe el examen de constitucionalidad.